Avales y seguro de caución ante aduanas e importaciones temporales

¿Qué es?

Los seguros de aduanas son una modalidad del seguro de caución (obligatorio por ley) en la que el tomador es la persona física o jurídica que opera como agente de aduanas tanto en la modalidad de despacho de aduanas como de depósito Aduanero.

¿Quién lo contrata?

Personas físicas o jurídicas y sociedades que ejercen la labor de agentes de aduanas, importadores e importadores temporales y empresas transitorias.

¿Cuándo se contrata?

Se contrata cuando es a requerimiento de la autoridad portuaria (según pliego de condiciones).

¿Ante quién se presenta?

Una solicitud de garantías para aduanas se suele presentar ante las distintas dependencias de Aduanas pertenecientes todas ellas a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

¿Por qué contratarlo?

El seguro de caución es una excelente alternativa frente a otras opciones como el aval bancario, ya que presenta las siguientes ventajas:

  • Aumento de la capacidad crediticia no computa CIRBE.
  • Disminución de las exigibilidades del balance.
  • Menores costes debido a la periodificación, se cobran días exactos.
  • No hay ni comisiones de estudio ni de apertura.
  • No se pignoran los anticipos.

Coberturas

  • Agentes de aduanas e importadores.
  • Depósito Aduanero.
  • Importaciones temporales.
  • Tráfico de perfeccionamiento.
  • Tránsito aduanero de mercancías.

Documentación a aportar

La documentación necesaria a aportar para solicitar un seguro de caución es la siguiente:

  • Cumplimentando el siguiente Cuestionario
  • Estados financieros del último ejercicio y avance financiero del año en curso.
  • Escritura de constitución o adaptación de estatutos.
  • Experiencia.
  • Autorización del depósito (en caso de depósito aduanero).

Modelos de aval para aduanas

Los siguientes modelos que se presentan son las diferentes solicitudes que obtenemos para contratar un seguro de aduanas:

  • Aval ante aduanas en garantía de pago de derechos de importación.
  • Aval directo para pagos al exterior.
  • Aval sobre anticipos en operaciones de exterior.
  • Aval sobre letras de cambio para pagos al exterior.
  • Aval sobre Garantía de Explotación de Concesión.
  • Aval para Depósito Aduanero.
  • Aval de Consignación (junio 2010).
  • Aval deudas aduaneras y fiscales.