Avales y seguro de caución ante aduanas e importaciones temporales

¿Qué es?

Los seguros de caución para empresas de trabajo temporal, son una modalidad en la que el tomador es la persona física o jurídica que opera como ETT, y cuyo objetivo es responder de las deudas por indemnizaciones, Seguridad Social y salariales, que pudieran derivarse de su actividad como Empresa de Trabajo Temporal, según lo establecido en la Ley 14/1994, de 1 de junio, por las que se regulan las Empresas de Trabajo Temporal.

Se presentará ante la dirección provincial de servicio de empleo, consejería de empleo de la comunidad autónoma correspondiente, dependientes del Ministerio de Trabajo

Principales Ventajas

El seguro de caución es una excelente alternativa frente a otras opciones como el aval bancario, ya que presenta las siguientes ventajas:

  • Aumento de la capacidad crediticia no computa CIRBE.
  • Disminución de las exigibilidades del balance.
  • Menores costes debido a la periodificación, se cobran días exactos.
  • No hay ni comisiones de estudio ni de apertura.
  • No se pignoran los anticipos.

Objeto de la Cobertura

Responder de las deudas por indemnizaciones, salariales y de Seguridad Social que pudieran derivarse de su actividad como Empresa de Trabajo Temporal según lo establecido en la Ley 14/ 1994, de 1 de junio, por la que se regulan las Empresas de Trabajo Temporal.

Asimismo, el presente seguro garantiza el pago de las deudas anteriormente citadas, aún cuando se hayan ocasionado desde el día que tuvo lugar la autorización inicial de la actividad como empresa de trabajo temporal de la sociedad indicada.

Legislación aplicable

  • Ley 14/1994 de 1 de junio por la que se regulan las empresas de trabajo temporal.
  • Real Decreto 4-1995 DE 13 de Enero.