Avales y seguros de caución para las Agencias de Viaje

¿Qué es?

El seguro para agentes de viajes es un Seguro de Caución Obligatorio, que exigen la Comunidad Autónoma Competente en este ámbito para garantizar las obligaciones derivadas de la actividad como agencia de viajes por los compromisos asumidos. Las normas reguladoras de las agencias de viajes están recogidas en la Orden de 14 de abril de 1988 y en los correspondientes Reglamentos de cada Comunidad Autónoma.

¿Quién lo contrata?

Personas Físicas Y Jurídicas que vayan a establecer una agencia de viajes (minoristas, mayoristas o minoristas-mayoristas).

¿Cuánto cuesta?

  • Minorista (importe de la garantía de 60.101 €)
  • Mayorista (importe de la garantía de 120.204,42 €)
  • Mayorista-minorista (importe de la garantía de 180.303,63 €)

Los costes suelen rondar entre el 0,45% y el 0,50%, según capital a garantizar. Es decir entre 271 euros y 902 euros, dependiendo si es minorista o mayorista-minorista.
La contratación del aval se hace conjunta a la contratación de la póliza de responsabilidad civil obligatoria por la actividad.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Ante quién se presenta?
  • Este seguro se presenta ante las autoridades competentes en materia turística en cada comunidad autónoma.

  • ¿Cómo se renueva la póliza?
  • La prima se paga de forma anual renovable y extornable mediante domiciliación bancaria.

  • ¿Cómo se cancela la póliza?
  • La póliza se cancela ante la devolución del original de la garantía o el documento bastante de la autoridad turística competente.