Seguros de Caución para la Licitación, Ejecución y Garantía de Acopio de Obra y Servicio Público

¿Qué es?

Las diferentes Administraciones Públicas ofrecen o adjudican prestaciones de servicios de diferente índole a empresas, las cuales licitan o son adjudicatarios de estos contratos de prestación de servicios, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas con la administración existe en el mercado una línea de avales de ejecución, licitación, acopio y garantía de retenciones. Las empresas que contratan con las Administraciones Públicas o licitan en Concursos Públicos necesitan, deacuerdo a la Ley de Contratos con las Administraciones Públicas, presentar diversos tipos defianzas o garantías. Para los que Optim Insurance provee a sus clientes de las garantías para licitación, ejecución, anticipos o acopios.

Tipos de Fianzas

  • Las fianzas provisionales o delicitación
  • Responden del mantenimiento de la oferta presentada por nuestro cliente para contratar una determinada obra o servicio ofertado por la administración. El importe es el 2% del presupuesto base de licitación.

  • Fianzas de ejecución de obras o prestación de servicios
  • Garantizan la buena ejecución del contrato en las condiciones pactadas así como el periodo de garantía que se pueda establecer. El importe es el 4% del presupuesto de adjudicación.

¿Quién lo contrata y cuándo?

Las diferentes empresas que bien optan o bien se hacen con los contratos de prestación de servicio.
Se contrata acorde al pliego de condiciones según las fechas estipuladas en función de cada concurso.
El tomador del seguro es cualquier ente privado o público que cumpliendo los requisitos legales tiene como fin licitar o presentarse a la adjudicación de un concurso público ante las diferentes Administraciones Públicas.

¿A quién asegura?

El asegurado son las diferentes Administraciones Públicas

¿Porqué contratarlo?

  • Aumento de la capacidad crediticia, ya que no supone riesgo bancario.
  • Disminución de la deuda exigible en los balances.
  • Como norma general, costes inferiores debido a que no hay comisiones de estudio ni apertura ni mantenimiento de línea, también debido a la especialización y las economías de escala
  • El aval bancario se cobra por periodos completos, trimestrales o anuales, sin considerar la duración real de la garantía por lo que resulta más gravoso para los intereses del cliente.
  • No inmoviliza recursos financieros que pueden dedicarse a otras necesidades financieras.

Coberturas

La cobertura de este seguro es garantizar el cumplimiento de las obligaciones de las diferentes empresas, que bien optan o, bien, se hacen con el contrato de prestación de servicio; ya sea desarrollo de las obras o la prestación de los servicios en las condiciones estipuladas.

Legislación Vigente

Ley 30-2007 de 30 de octubre
Real Decreto Legislativo 2-2000 de 16 de junio
Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas

Ley de Contratos del Estado

Texto de la Ley de Contratos del Estado, publicada en el B.O.E. en fecha 31 de octubre de 2007, y que se encuentra vigente en la actualidad.